lunes, 23 de agosto de 2021

El Decreto 55 y el Juzgado Militar de Prensa

A la hora de buscar el origen legal del Juzgado Militar de Prensa, resulta imprescindible consultar el conocido como Decreto n.º 55 (BOE, n.º 22, 5 de noviembre de 1936), pensado para lo que se suponía la inmediata entrada en Madrid y, en realidad, utilizado a partir de abril de 1939. El objetivo del mismo es la búsqueda de «la rapidez y la ejemplaridad» con la celebración de consejos de guerra sumarísimos por la vía de urgencia. Los sublevados contra la II República crean ocho Consejos de Guerra Permanentes (art. 1) y en el artículo 4 establecen que «La preparación de las actuaciones que deben someterse a la resolución de los Consejos de Guerra Permanente será conferida a los dieciséis Juzgados Militares que se constituyan, los que, dependientes directamente de los presidentes de aquéllos, acomodarán su labor procesal a las normas que a continuación se indican". Uno de esos dieciséis juzgados fue el encabezado por Manuel Martínez Gargallo durante su primera y más intensa etapa.

Dichas normas son muy genéricas y, en la práctica observada en el Juzgado Militar de Prensa, no siempre se cumplían por la premura, la falta de personal y la ausencia de una voluntad real de hacerlas cumplir. Por lo tanto, resulta imprescindible tener en cuenta esta referencia legal, pero el historiador debe ante todo examinar la práctica documentada de los diferentes sumarios.

Os paso el enlace donde podéis consultar el citado decreto 55, que tan a menudo aparece en la documentación analizada:

https://drive.google.com/file/d/1N5hnD2nc-CD9l5B-amOQsD8YYPwzdTM4/view?usp=sharing 

Más información sobre la legislación represiva del franquismo en la siguiente dirección:

http://justiciaymemoriahistorica.edu.umh.es/



Una clase magistral sobre las bases legales de los consejos de guerra

El estudio de los consejos de guerra instruidos en el Juzgado Militar de Prensa requiere el conocimiento de sus bases legales. Con este objetivo, y al margen de las búsquedas bibliográficas y documentales, he encontrado esta clase magistral de mi colega Miguel Pino Abad, que explica con absoluta claridad y precisión las diferencias entre los consejos de guerra, los consejos de guerra sumarísimos y, dentro de estos últimos, los celebrados por la vía de urgencia. Recordemos que todos los instruidos en el Juzgado Militar de Prensa eran de estos últimos, que se caracterizan por la práctica desaparición de las garantías jurídicas.