Ayer el AGHD me remitió
la copia digital del sumario 48041 cuyo único procesado es el periodista César
Calderón Pérez. Al examinarlo, comprobé que el mismo era un funcionario del
Canal de Lozoya que también trabajó durante la guerra como corresponsal en los
frentes para los diarios La Libertad y El Liberal.
El 7 de septiembre de
1939, el auditor mandó instruir el sumario 48041 al Juzgado Permanente n.º 4 de
Funcionarios. También podría haberlo remitido al Juzgado Militar de Prensa,
pero prevaleció el criterio de ser un funcionario y, sobre todo, se tuvo en cuenta
que todas las denuncias procedían de compañeros de trabajo en el Canal de
Lozoya.
Los denunciantes
presentan a César Calderón Pérez como capitán de las milicias, agente del SIM y
«enemigo de toda persona de orden y de derechas». Nadie presenta las
correspondientes pruebas. Tal y como era preceptivo en estos casos, las fichas
de las denuncias debían ser ratificadas mediante declaración en el juzgado. Así
se hizo en septiembre de 1939, empeorando todavía más la caracterización del
encausado.
El 12 de septiembre de
1939, el Canal de Lozoya remite al juzgado un informe indicando que César
Calderón Pérez se encontraba en un campo de concentración de Argelia y que el
23 de agosto había sido separado definitivamente del servicio con pérdida de todos
sus derechos y subsiguiente baja en el escalafón del cuerpo al que pertenecía.
El 15 de diciembre de
1939, la jefatura provincial de FET y de las JONS le acusa de escribir
«artículos canallescos» en la prensa republicana. Le considera, por lo tanto,
«un indeseable y elemento peligroso» para el Glorioso Movimiento Nacional.
El 2 de enero de 1940, la
Dirección General de Seguridad informa al juez que César Calderón Pérez «se
marchó a Francia unos tres o cuatro meses antes de la liberación de esta
capital». La circunstancia parece contradictoria con lo afirmado por el Canal de
Lozoya, pero el juez instructor, tras publicar las correspondientes requisitorias
en la prensa, el 6 de febrero de 1940 considera al encausado en rebeldía
procesal. El 19 del mismo mes el caso resulta sobreseído tras el acuerdo
adoptado tres días por el auditor. Finalmente, el 7 de junio de 1944 el sumario
queda archivado.
La documentación de los
consejos de guerra de periodistas y escritores está plagada de errores. Si
vamos a las páginas de La Libertad y El Liberal, comprobamos que
César Calderón Pérez era en realidad César Mariano Calderón Pérez, corresponsal
de guerra especialmente activo durante los primeros meses de la misma. Su
nombre, César M. o César Mariano, también figura como redactor de La
Libertad (19-VI-1937 y 24-X-1937).
La sorpresa viene cuando,
en vez de creernos lo dicho por los responsables del Canal de Lozoya o la
Dirección General de Seguridad, vamos al listado de sumarios del AGHD. Allí
comprobamos que supuestamente hay dos procesados que responden a los apellidos
Calderón Pérez, uno es César y otro César Mariano.
En realidad, son la misma
persona y, lo más sorprendente, cuando en el sumario consultado le declaran en
rebeldía por creerle exiliado, el encausado ya había sido condenado en el
sumario 38811, que sería el prólogo de un largo caminar por el TERMC y el TNRP
hasta que el periodista fuera indultado tras recibir una descomunal multa nunca
pagada por ausencia de bienes.
A la espera de recibir la
copia digital del sumario 38811, probablemente instruido en el Juzgado Militar
de Prensa, solo cabe señalar el caos de la jurisdicción militar de la época. La
declaración como rebelde, por permanecer en el exilio, de quien estaba
condenado y encarcelado en la misma ciudad de Madrid merece una reflexión.
Los documentos son
imprescindibles para la labor de los historiadores, pero mienten a menudo,
tergiversan la realidad o simplemente evidencian las graves carencias de
quienes emprendieron una labor represiva sin un mínimo de organización o
cualificación, al menos a la vista del error aquí señalado. Otros muchos ya han
sido explicados a lo largo de la tetralogía cuyo tercer volumen, La colmena,
se pondrá a la venta el próximo 6 de julio.


