jueves, 1 de agosto de 2019

Y, al final, el recurso fue aceptado

El recurso de alzada presentado el 26 de junio fue aceptado por el Rector de la UA el 30 de julio. No voy a entrar en los motivos que provocaron el error cometido en junio. Prefiero pasar página, aunque ha habido comportamientos que me abochornan. En cualquier caso, todo vuelve a la normalidad y espero que el hijo del secretario del Juzgado Especial de Prensa encuentre, si fuera el caso, otros medios para completar o modificar la memoria de su padre. En este sentido, y por email, me he ofrecido en reiteradas ocasiones. Quedo, pues, a la espera de que me indique los posibles errores cometidos, me facilite la documentación que pudiera desconocer o, por supuesto, que me traslade su testimonio. Yo soy historiador y como tal estoy abierto a matizar, corregir o rectificar, pero sin imposiciones y desde mi libertad de cátedra.






2 comentarios:

  1. Buenos días, ante todo enhorabuena por la feliz (y lógica) resolución estimatoria del recurso, excelentemente argumentado. No obstante, no puedo dejar de hacerle alguna matización a su argumentación contenida en la página 16 del recurso, cuando traía a colación la ciertamente indebida comparación que realizaba el hijo de Baena Tocón con el caso del "derecho al olvido" de quienes fueron condenados en los 80 por diversos delitos.
    En mi opinión, ambos casos no son comparables porque, sencillamente, en uno se trata de personas vivas y en el otro, no. Y ello, con independencia del juicio que me merece tanto la STC dictada al respecto como el propio contenido del precitado "derecho al olvido, que a juicio de un eminente jurista y amigo, más parece la letra de un tango... (“¿Qué importan, los nombres, si lo que importa son los pronombres?”, escribió Julio Salinas).
    Lo que Ud. argumenta en su recurso, sin embargo, es algo que ya defendía, por ejemplo, el profesor Carrillo Linares cuando afirmaba, al defender el acceso a documentos de la Guerra Civil, que “no puede ser considerada deshonrosa la actividad política durante la dictadura, especialmente aquella vinculada a la oposición […]. Modificadas las razones legales, desaparece la condición de deshonrosa y digna de oprobio que tuvo”.
    Creo que tal argumento es más emocional que objetivo y no creo muy acertado esgrimir cambios en la percepción social de comportamientos pasados para argumentar en favor de su conocimiento. Pues si algo se consideró negativo en su día y hoy ya no lo es, en el caso inverso, ¿quedaría justificada la incomunicabilidad de la información? Es justo lo que se planteado con Baena Tocón...
    No le aburro más.
    Enhorabuena de nuevo y un cordial saludo,

    Daniel de Ocaña Lacal
    Archivero del Estado

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    1. Hola Daniel:
      Te agradezco tus comentarios, que tendré en cuenta. Disculpa la tardanza en contestarte porque no era consciente de que se había realizado este comentario en el post.
      Un cordial saludo

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