sábado, 23 de noviembre de 2024

La Asociación de la Prensa de Madrid y el Juzgado Militar de Prensa


 Víctor Ruiz Albéniz. Fuente: Real Academia de la Historia

La localización del Juzgado Militar de Prensa en la Plaza de Callao, 4, de Madrid, no fue una casualidad derivada del azar. Al contrario, el objetivo de la auditoría del Ejército de Ocupación era buscar unas dependencias que facilitaran el aprovechamiento de una documentación fundamental para el procesamiento de escritores y periodistas. En el mismo edificio también se encontraba la Asociación de la Prensa de Madrid durante la guerra. Tras la victoria del general Franco, los fondos documentales allí depositados pasaron a depender de la junta directiva nombrada en 1937, cuando tuvo lugar en San Sebastián una reunión de los periodistas partidarios del bando franquista.

Víctor Ruiz Albéniz (1885-1954) fue el presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid desde esa reunión en la capital vasca hasta 1944; es decir, durante los años más duros de la represión de sus colegas republicanos. El médico, cronista y periodista era un entusiasta del general Franco, su vinculación con el ala más dura del régimen parece una obviedad y, por supuesto, puso los archivos de la asociación a disposición de las autoridades militares que procesaron a los periodistas.

La circunstancia de la localización ya aparece en mis libros para justificar la procedencia de la información recogida en los informes sobre los procesados que, a modo de acta de acusación, redactaban los tres secretarios del Juzgado Militar de Prensa al principio de cada instrucción. Los responsables de la misma nunca citan la procedencia de los datos, salvo genéricas referencias a personas de «probada solvencia moral», pero parece verosímil que una parte significativa procediera de los archivos de la Asociación de la Prensa de Madrid, donde cada asociado tendría una ficha convertida por entonces en una probable prueba de cargo.

La colaboración de la Asociación de la Prensa de Madrid con las autoridades militares no se limitaría a los fondos documentales. También abarcaría las tareas de depuración para el Registro Oficial de Periodistas (ROP), que estaban a cargo del titular del citado Juzgado Militar de Prensa, el capitán Manuel Martínez Gargallo.

A diferencia de lo sucedido en la SGAE, no me consta que la Asociación de la Prensa de Madrid, con estudios publicados acerca de su trayectoria, haya promovido una investigación para revelar el alcance de esa colaboración en las tareas represivas. El tema es delicado y, como sucede en otras ocasiones, hasta ahora todo se ha resuelto con unas genéricas valoraciones que evitan entrar en detalles de nombres y responsabilidades.

La consulta de los sumarios de periodistas permite encontrar algunas huellas de la colaboración con los militares franquistas encargados de la represión. Una de ellas, especialmente clarificadora, la observamos en el sumario 38819 del AGHD, que corresponde al periodista Santiago de la Cruz Touchard.



El 3 de octubre de 1939, Víctor Ruiz Albéniz, en su calidad de presidente de la asociación se dirige al responsable de la Instrucción Depuradora de los Funcionarios Administrativos. La circunstancia carece de lógica, pues no me consta que Santiago de la Cruz disfrutara de una plaza dentro del colectivo funcionarial. Sin embargo, en el procesamiento de este periodista y escritor todo es posible, como veremos con detalle en el próximo volumen: Perder la guerra y la historia (Sevilla, Renacimiento-UA, en prensa).

Víctor Ruiz Albéniz carece de información precisa sobre las actividades periodísticas de Santiago de la Cruz, pero comunica al instructor que el procesado había sido teniente coronel de Caballería y «se distinguió por su exaltado fervor izquierdista». Es decir, con ambos datos ya era previsible una condena a muerte como la que efectivamente llegó el 16 de enero de 1940. De hecho, los instructores apenas indagaron más allá de lo indicado por Víctor Ruiz Albéniz y lo declarado por el propio procesado en los campos de concentración donde estuvo antes de ser trasladado a Madrid el 26 de diciembre de 1939. La única diligencia documentada en el sumario fue la recopilación de tres declaraciones de otros tantos falangistas protegidos por el procesado durante la guerra. Según señala el auto resumen del 5 de enero de 1940, la circunstancia apenas debía ser valorada por el tribunal, pues la adhesión a la rebelión del periodista «no se desvirtúa con los favores que haya podido hacer».

La acusación contra Santiago de la Cruz fue responsabilidad del fiscal, que el 11 de enero de 1940 solicitó treinta años de reclusión. La condena a muerte fue dictada por un tribunal bajo la presidencia del coronel José Iglesias. Ellos fueron los responsables directos de la actuación jurídica, pero solo pudieron actuar gracias a la colaboración de informantes como Víctor Ruiz Albéniz. Nadie le obligó a presidir la Asociación de la Prensa de Madrid y su identificación con la Victoria, que también implicaba la represión de los colegas republicanos, parece total a falta de estudios detallados sobre su trayectoria.

 

 


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