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jueves, 19 de diciembre de 2024

La condena a muerte del periodista Carlos Pérez Merino


 

El 8 de octubre de 1935, La Libertad da cuenta del enlace matrimonial de Carlos Pérez Merino con «la bella señorita» Natividad Fernández. Cuatro años después, ambos estaban procesados en consejos de guerra, que en el caso del periodista terminaron con una condena a muerte.


El objetivo represivo de sacar adelante decenas de miles de sumarísimos de urgencia en un plazo breve, para causar un terror capaz de paralizar cualquier respuesta contra la dictadura, no solo supuso la ausencia de garantías jurídicas. También obligó a adoptar criterios procesales donde el cargo del procesado pesaba más que su comportamiento en el ejercicio del mismo. Así se buscaba un automatismo que simplificaba desde la instrucción hasta la sentencia. En el ámbito de la prensa lo observamos con claridad. Los directores de los periódicos republicanos como Manuel Navarro Ballesteros, Javier Bueno y Augusto Vivero estaban de antemano condenados a muerte con escasas posibilidades de una conmutación a treinta años. Los redactores jefes de esos mismos órganos de prensa corrían una suerte similar, aunque en estos casos la conmutación resultaba viable. Poco o nada importaba su comportamiento personal y político durante la guerra. La investigación al respecto era mínima, los avales apenas contaban y solo cabía confiar en las gestiones de las familias o allegados para conseguir que estos periodistas no terminaran ante un pelotón de fusilamiento.

El madrileño Carlos Pérez Merino nunca se caracterizó por una militancia política claramente definida y se consideraba a sí mismo como un profesional de la prensa, pero cometió el error de aceptar la voluntad de sus compañeros para ser el redactor jefe del periódico socialista Claridad desde febrero de 1938. El cargo le supuso una condena a muerte dictada por un consejo de guerra celebrado el 3 de noviembre de 1939, cuando el periodista contaba treinta y cuatro años, estaba casado y vería con asombro la inutilidad de los argumentos utilizados en su defensa ante el Juzgado Militar de Prensa. El capitán Manuel Martínez Gargallo, auxiliado en esta ocasión por el teniente Andrés Gordillo González, era inflexible con un redactor jefe y su instrucción estuvo abocada a trasladar al tribunal un sumario capaz de justificar la pena de muerte para quien, paradójicamente, había debutado en un periódico tan reaccionario como El Siglo Futuro.

El estudio de los dos sumarios donde estuvo procesado Carlos Pérez Merino (AGHD, 7173 y 10527) aparecerá como un capítulo del tercer volumen de la trilogía dedicada a los consejos de guerra de periodistas y escritores. Al margen de las barbaridades jurídicas cometidas durante la instrucción del primero, también descubriremos en el segundo que las falsas denuncias no siempre tenían una motivación ideológica o política. Tiempo habrá para completar esta historia donde hasta una portera debió desmentir lo afirmado, de forma temeraria o interesada, por un capitán de los vencedores.

Pd.: El borrador del capítulo dedicado a Carlos Pérez Merino en el tercer volumen de la trilogía sobre los consejos de guerra de periodistas y escritores ya se puede consultar en el Repositorio de la Universidad de Alicante a la espera de posibles indicaciones o correcciones de otros especialistas:

http://hdl.handle.net/10045/154578

 


domingo, 15 de diciembre de 2024

El sumario de un «oligofrénico» que quiso afiliarse al PCE


 El periodista Augusto Vivero. Fuente: Wikipedia

El sistema represivo de la posguerra todavía alberga zonas oscuras por falta de documentación o estudios. Una de ellas es la suerte de los discapacitados intelectuales ante un sumarísimo de urgencia. La lógica conduce a pensar en unos victimarios poco o nada dispuestos a respetar esta condición como eximente de cualquier responsabilidad en el auxilio o la adhesión a la rebelión militar. Sin embargo, dicho sistema no destaca por una lógica procesal más allá de la voluntad de erradicar la oposición al Glorioso Movimiento Nacional. Conviene, por lo tanto, acudir a los casos concretos para comprobar el comportamiento de los victimarios ante procesados que ahora consideraríamos discapacitados intelectuales y en aquellos años, más duros en todos los aspectos, aparecen como «anormales» o, en el mejor de los casos, «oligofrénicos».

El fusilamiento del periodista Augusto Vivero en Madrid el 26 de julio de 1939 no fue la única tragedia de su familia por entonces. Al igual que sucediera con el también fusilado Manuel Navarro Ballesteros, la represión alcanzó a la totalidad de la familia. En este caso concreto, procedía de Murcia y estaba compuesta por la esposa, Dolores Precioso Córdoba, y cuatro hijos varones; Augusto, Rodrigo, Román y Óscar. Todos pasaron por los sumarísimos de urgencia y afrontaron condenas donde hubo un elemento común: el vínculo familiar con un fusilado.

El caso de la familia Vivero protagonizará un capítulo del tercer volumen dedicado a los consejos de guerra de periodistas y escritores porque interesa observar las consecuencias de estos procesos en el ámbito familiar. Gracias a la consulta de los sumarios de los hijos y la esposa, depositados en el Archivo General e Histórico de Defensa, conozco lo fundamental del destino de quienes afrontaron el baldón de ser familiares de un fusilado. Entre ellos se encuentra Román Vivero Precioso, un hombre de veintinueve años que durante la guerra había colaborado en el batallón de retaguardia organizado por su padre. En concreto, era el supuesto bibliotecario del mismo para darle un destino alejado de los peligros del Madrid sitiado. La razón no era la falta de voluntad de Román, sino una discapacidad intelectual que solo le permitía comportarse con la madurez de un niño.

Al llegar el final de la guerra y las inmediatas detenciones de los miembros de la familia Vivero, Román no escapó de la desgracia de sus hermanos. Una denuncia de firma ilegible condujo al domicilio de la calle Roma, n.º 50, a la Policía Militar en busca de Rodrigo y Augusto, que figuraban como tenientes del «ejército rojo». Los policías encontraron a Óscar, un joven de diecinueve años que había sido declarado inútil cuando fue movilizado, y Román, que todavía vivía en el domicilio familiar porque de hecho era un niño. Ambos fueron detenidos y el sumario tiene un número que prueba las prisas para detener a estos peligrosos republicanos: el 932.

La condición de «oligofrénico» no aparece en la primera declaración de Román, que tuvo lugar el 7 de abril de 1939. En la misma los policías le sonsacan información sobre sus hermanos y le hacen decir que era militante del Partido Federal que encabezara Eduardo Barriobero. La discapacidad la descubrimos cuando, después de siete meses encarcelado en Porlier y sin declarar ante el juzgado, su madre Dolores se dirige al juez el 16 de noviembre de 1939 para pedirle la libertad provisional o atenuada en atención a su oligofrenia, causada por una «otitis media supurada» que fue tratada por dos doctores citados como posibles avalistas.

El juez militar archivó la carta ahora depositada en el sumario y siguió adelante con el proceso a Román, que finalmente declara el 22 de enero de 1940. Allí, con su discapacidad, afirma que pretendió afiliarse al PCE, pero no lo admitieron. Las razones las suponemos, aunque a efectos procesales la afirmación probaría el izquierdismo de un procesado que debía ser condenado de acuerdo con los parámetros de aquel sistema represivo.

Dos vecinos de «probada solvencia moral», Agustín Lastra Pérez y Agustín Sebastián Benito, confirman la discapacidad de Román, al que consideran incapaz de cometer cualquier tipo de delito. Sin embargo, el auto resumen del 13 de febrero de 1940 miente deliberadamente cuando le presenta como afiliado al PCE. Algo sospechoso debió observar el auditor al recibir este auto para su traslado al plenario del consejo de guerra. Por orden suya, los forenses Carlos Vázquez Velasco y Germán Gómez Asensio se presentaron en Porlier para diagnosticar la situación de Román. Su informe es contundente: «en la actualidad se aprecia manifiestamente un déficit mental bastante intenso, comportándose desde el punto de vista intelectual como un niño de unos diez o doce años».

Ese «niño» vio su caso sobreseído el 2 de abril de 1940, pero para entonces llevaba casi un año en una cárcel donde las sacas eran diarias y su discapacidad solo aumentaría hasta extremos dramáticos. Cuando, finalmente, salió en libertad ya estaría destrozado. Antes pasó por las manos de policías y jueces militares que también observarían lo que era manifiesto para los citados forenses. Los nombres de quienes cometieron este atentado brutal contra la integridad de un «oligofrénico» deben pasar a la historia y así lo haré en el tercer volumen dedicado a los consejos de guerra de periodistas y escritores.

Pd.: El borrador del correspondiente capítulo, que aparecerá en el tercer volumen de la trilogía dedicada a los consejos de guerra de periodistas y escritores, se puede consultar en el Repositorio de la Universidad de Alicante y está sujeto a posibles observaciones o rectificaciones de los interesados en estos temas:

http://hdl.handle.net/10045/153958

 


sábado, 13 de noviembre de 2021

El proceso y fusilamiento del periodista Augusto Vivero


 

Augusto Vivero fue uno de los primeros periodistas detenidos tras la toma de Madrid por parte de las tropas del general Franco. Su consejo de guerra fue verdaderamente un sumarísimo de urgencia por la celeridad con que se dieron las actuaciones hasta el fusilamiento de quien había publicado numerosos textos anticlericales. La razón parece obvia: desde la etapa anterior al 18 de julio de 1936, el librepensador nacido en Cuba se había convertido en un personaje a batir por los sectores conservadores o reaccionarios. Durante el consejo de guerra no se le llegó a acusar por sus artículos o textos literarios, pero la incautación del local de ABC para dirigir el periódico durante unas semanas del verano de 1936 fue la primera de las acusaciones vertidas contra quien también participó en la toma del cuartel de la Montaña. Una vez fusilado, la represión de extendió a su familia. En el siguiente enlace encontraremos provisionalmente el borrador del capítulo que le dedicaré en un próximo libro, Las armas contra las letras, sobre la represión ejercida contra los periodistas durante la posguerra, aunque en esta ocasión no intervino el Juzgado Militar de Prensa:

http://hdl.handle.net/10045/119381