El Archivo General e Histórico de Defensa me ha remitido el sumario del consejo de guerra del poeta Pascual Pla y Beltrán (Ibi, 1908-Caracas, 1968). A pesar de que el original de Las armas contra las letras. Los consejos de guerra de periodistas y escritores (1939-1945) ya ha sido remitido a la editorial Renacimiento para su coedición con el Servicio de Publicaciones de la Universidad de Alicante, espero tener la oportunidad de incluir los datos básicos de este sumario en el citado ensayo.
La entrada del poeta en la Wikipedia indica que el natural de Ibi (Alicante) fue condenado a muerte y que salió de la prisión en 1946. Ambos datos son erróneos. El 29 de mayo de 1944, el auditor de guerra de la III Región Militar condena al poeta a la pena de catorce años de reclusión menor. El capitán general de dicho región militar ratificó la condena el 16 de junio de 1944. La fecha prevista para la extinción de la misma era el 14 de marzo de 1957.
A lo largo del proceso, iniciado el 6 de diciembre de 1940, Pascual Pla y Beltrán permaneció en su domicilio valenciano en prisión atenuada con la obligación de presentarse periódicamente en comisaría. No obstante, el poeta ya había pasado por las cárceles de la inmediata posguerra. Aunque nunca se cita su probable presencia en el puerto de Alicante, explícitamente indicada por Max Aub, ni su paso por el campo de concentración de Albatera, en el sumario el poeta comunista indica su permanencia en esas cárceles como preso gubernativo hasta poco antes del inicio del proceso.
En el sumario no consta documento alguno que indique el ingreso en prisión del condenado a catorce años, pena que aceptó el propio Pascual Pla y Beltrán probablemente aconsejado por su defensor, el alférez Damián Chasco. La razón es fácil de entender: a la altura de 1944, y más todavía tras la publicación del Decreto del 9 de octubre de 1945, una pena de catorce años de reclusión menor suponía una casi inmediata excarcelación, que en su caso no era necesaria porque el condenado seguía en prisión atenuada en su propio domicilio valenciano de la avenida de José Antonio.
Pascual Pla y Beltrán, basándose en la citada orden ministerial, solicita el indulto total el 10 de marzo de 1947. El escrito está dirigido al capitán general de la III Región Militar. El 28 de marzo de 1947, el fiscal accede a la petición del indulto porque «no aparece probado que el citado culpable cometiese actos de los que señala el artículo 1º del Decreto de 9 de mayo de 1945». En consecuencia, el auditor de guerra de la III Región Militar le declara indultado el 18 de abril de 1947. La resolución se la comunican al interesado el 3 de mayo de 1947. A partir de esa fecha, el poeta -que llevaba fuera de la cárcel más de seis años- es un hombre libre, aunque sometido a la dictadura franquista que finalmente le empujó hacia el exilio en Caracas, donde fallecería en 1968.
Los datos aportados en esta entrada son de dominio público, aunque el acceso a los mismos requiere una paciente labor de investigación, que no debe haber realizado el redactor de la citada entrada a la Wikipedia. Tampoco estaba obligado porque probablemente no sea un historiador profesional, pero el colmo radica en que, cuando he intentado comunicarle los datos para que rectificara su texto, he observado que mi cuenta había sido bloqueada por el citado redactor. Visto el comportamiento, sobran las palabras y solo cabe recordar la existencia de aficionados que se lanzan a escribir semblanzas históricas sin apenas rigor. El problema es tan común como lamentable, con independencia de la orientación ideológica de quienes realizan esta labor de aficionados y parecen sentar cátedra ante la emprendida por los catedráticos.
En cualquier caso, queden los datos arriba indicados como el inicio de una posterior investigación y el recuerdo de las palabras escritas por Miguel de Cervantes en su inmortal obra: «habiendo y debiendo ser los historiadores puntuales, verdaderos y no nada apasionados, y que ni el interés ni el miedo, el rencor ni la afición, no les hagan torcer el camino de la verdad, cuya madre es la historia, émula del tiempo, depósito de las acciones, testigo de lo pasado, ejemplo y aviso de lo presente, advertencia de lo por venir» (I-IX). Pues eso, menos fantasear y más investigar.
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